Ley5828·1918

EJERCITO. ESCUELA DE TIRO. CREACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/06/1918

Fecha de publicación

22/06/1918

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Escuela de Tiro en el Ejército.

Artículo 2Artículo 2

Los cometidos de la Escuela de Tiro son los siguientes: A) Implantar una unidad de doctrina y determinar un método uniforme y racional de trabajo. B) Perfeccionar los conocimientos de los oficiales en lo que se refiere al tiro, a la conducción del fuego y a la utilización del terreno para el combate. C) Hacer en el terreno y en la carta aplicaciones sobre el servicio en campaña de la Infantería y la Artillería, tratando siempre casos concretos. D) Efectuar un curso práctico de Topografía y ejecutar aplicaciones relacionadas con el tiro y el servicio de campaña. E) Formar instructores de tiro. F) Efectuar todos los trabajos que ordene el Estado Mayor del Ejército con relación a las armas y al tiro. G) Dictar el "Curso de información" para los oficiales superiores.

Artículo 3Artículo 3

La Escuela de Tiro se regirá por el Reglamento Orgánico y Plan de Estudios que dicte el Poder Ejecutivo.

Artículo 4Artículo 4

La Escuela de Tiro dependerá del Estado Mayor del Ejército.

Artículo 5Artículo 5

El Presupuesto de la Escuela de Tiro será el siguiente: PRESUPUESTO Plana mayor 1 Director ................................................ $ 3.719.16 2 Subdirectores, a $ 2.194.56 cada uno..................... " 4.389.12 1 Capitán ................................................. " 1.263.00 1 Teniente 1°, 2° Ayudante ................................ " 701.64 Sobresueldo como profesor.................................. " 480.00 1 Oficial piloto aviador. (Pago por la Escuela de Aviación) 1 Oficial profesor del curso de tiro para sargentos (sobresueldo).............................................. " 480.00 1 Oficial profesor de Topografía para oficiales (sobresueldo)" 600.00 1 Oficial de Topografía para sargentos (sobresueldo) ...... " 480.00 1 Practicante (pago por la Sanidad Militar) 1 Sargento ................................................ " 384.00 3 Sargentos 1.os durante seis meses ....................... $ 576.00 4 Sargentos 2.os, a $ 264.00 cada uno ..................... " 1.056.00 1 Cabo .................................................... " 204.00 1 Mayordomo ............................................... " 360.00 1 Cocinero ................................................ " 300.00 1 Carpintero .............................................. " 300.00 1 Herrero ................................................. " 300.00 Compañía de Infantería 1 Capitán ................................................. " 1.263.00 1 Teniente 1° ............................................. " 841.92 1 Teniente 2° ............................................. " 701.64 1 Alférez ................................................. " 561.24 1 Sargento 1° ............................................. " 364.00 4 Sargentos 2.os, a $ 264.00 cada uno...................... " 1.056.00 6 Cabos, a $ 204.00 cada uno .............................. " 1.224.00 4 Tambores y 4 Clarines, a $ 156.00 cada uno .............. " 1.248.00 80 Soldados, a $ 150 cada uno.............................. " 12.000.00 Gastos De oficina e impresiones .................................. $ 600.00 Material de tiro .......................................... " 2.272.76 Arrendamiento de Polígono de Tiro ......................... " 6.000.00 Total .......................................$ 43.725.48

Artículo 6Artículo 6

Queda suprimida la planilla número 50 de las planillas números 40 a 50 (Batallones de Infantería) del Departamento de Guerra y Marina.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de junio de 1918Promulgación (5828)
  2. 22 de junio de 1918Publicación (5828)