Ley5830·1918

CESION DE PENSION GRACIABLE. GUMERSINDA DURAN DE CANCELA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/06/1918

Fecha de publicación

7 de febrero de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Tráspasase por gracia especial a doña Gumersinda Durán de Cancela la pensión de trescientos cuarenta y cinco pesos anuales que gozó hasta su fallecimiento su hermana doña María Durán, como hija del teniente Agustín Durán.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de junio de 1918Promulgación (5830)
  2. 2 de julio de 1918Publicación (5830)