Ley5840·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA FAURA MEDINA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/06/1918

Fecha de publicación

7 de enero de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase por gracia especial a la señorita María Faura Medina, nieta del general de la Independencia don Anacleto Medina, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de junio de 1918Promulgación (5840)
  2. 1 de julio de 1918Publicación (5840)