Ley5848·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ENRIQUETA MAÑOSAS DE BENITEZ. ELENA BENITEZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/06/1918

Fecha de publicación

7 de febrero de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña Enriqueta Mañosas de Benítez, como hija legítima del empleado y servidor de la Independencia don Antonio Mañosas de Giurach, ex jubilado de la Nación, y a su hija Elena Benítez Mañosas, una pensión vitalicia e inembargable de trescientos sesenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de junio de 1918Promulgación (5848)
  2. 2 de julio de 1918Publicación (5848)