Artículo 1 — Artículo 1
Compútase por gracia especial al solo efecto de la jubilación, al doctor Francisco Nicola, los servicios prestados a las Jefaturas de Canelones y San José desde Abril de 1892 hasta el 15 de Noviembre de 1897, de 6 de Diciembre de 1906 a 6 de Febrero de 1911 y desde Octubre de 1901 hasta Julio de 1906, con la obligación de reintegrar los montepíos correspondientes.