Ley5890·1918

COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/06/1918

Fecha de publicación

7 de mayo de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Al solo efecto de la jubilación, declárase que son servicios prestados al Estado los de don Nicolás Casao, comprendidos desde Abril de 1889 hasta Agosto de 1899, inclusive, como Auxiliar de la Habilitación General de las Clases Pasivas, y en consecuencia, con todos los derechos y obligaciones que las leyes imponen a los empleados públicos, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de junio de 1918Promulgación (5890)
  2. 5 de julio de 1918Publicación (5890)