Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora Felicia Coralia Lacuesta, hija legítima del sargento mayor Félix Lacuesta, una pensión de doscientos cuarenta pesos anuales.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
7 de enero de 1918
Fecha de publicación
7 de junio de 1918
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora Felicia Coralia Lacuesta, hija legítima del sargento mayor Félix Lacuesta, una pensión de doscientos cuarenta pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.