Ley5955·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. PILAR ORDEIG DE DANERO E HIJOS MENORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de enero de 1918

Fecha de publicación

21/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña Pilar Ordeig de Danero e hijos menores una pensión de trescientos sesenta pesos anuales como viuda del ex funcionario público don Emilio Danero.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de julio de 1918Promulgación (5955)
  2. 21 de agosto de 1918Publicación (5955)