Ley5983·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ASUNTA ISBARDO DE MANZINO E HIJAS SOLTERAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de enero de 1918

Fecha de publicación

21/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a la señora Asunta Isbardo de Manzino y sus hijas solteras María Catalina y Carmen una pensión alimenticia de trescientos sesenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de julio de 1918Promulgación (5983)
  2. 21 de agosto de 1918Publicación (5983)