Ley5984·1918

CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. BENEFICIOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de enero de 1918

Fecha de publicación

19/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el monto de la jubilación y la cédula correspondiente del jubilado don José V. Jorajuría, teniendo como base el sueldo actual del Jefe de Taquígrafos de la Honorable Cámara de Representantes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de julio de 1918Promulgación (5984)
  2. 19 de agosto de 1918Publicación (5984)