Ley5996·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DAMIANA ALVAREZ DE LASIDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de enero de 1918

Fecha de publicación

19/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase en trescientos sesenta pesos anuales la pensión graciable que actualmente disfruta la señora Damiana Alvarez de Lasida.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de julio de 1918Promulgación (5996)
  2. 19 de agosto de 1918Publicación (5996)