Artículo 1 — Artículo 1
A los efectos de la jubilación, el señor Angel J. Estades será considerado como guardaalmacén de 1.ª clase de la Aduana de la Capital, puesto que desempeñó en comisión.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
A los efectos de la jubilación, el señor Angel J. Estades será considerado como guardaalmacén de 1.ª clase de la Aduana de la Capital, puesto que desempeñó en comisión.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.