Ley6066·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUANA AMABILIA PONCE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de enero de 1918

Fecha de publicación

21/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase por gracia especial a trescientos pesos anuales la pensión legal que de acuerdo con la ley de 5 de Mayo de 1838 percibe la señorita Juana Amabilia Ponce.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de julio de 1918Promulgación (6066)
  2. 21 de agosto de 1918Publicación (6066)