Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a las señoritas María Elena y Raquel Maggiani una pensión inembargable de setecientos veinte pesos anuales.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
7 de febrero de 1918
Fecha de publicación
7 de setiembre de 1918
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a las señoritas María Elena y Raquel Maggiani una pensión inembargable de setecientos veinte pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.