Ley6095·1918

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. NAVEGACION. CABOTAJE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de junio de 1918

Fecha de publicación

7 de octubre de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para acordar excepciones a la ley de 11 de Enero de 1912 cuando sean necesarias, en su concepto, al comercio de productos nacionales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de julio de 1918Promulgación (6095)
  2. 10 de julio de 1918Publicación (6095)