Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para ratificar las Convenciones: A) Sobre propiedad literaria y artística; B) Reclamaciones pecuniarias; C) Patentes de invención conjuntamente con dibujos y modelos industriales; y D) Marcas de Fábrica y de Comercio,- suscriptas por los Delegados Plenipotenciarios de la República en la 4.a Conferencia Internacional Americana de 1910.