Artículo 1 — Artículo 1
Prorróganse para el ejercicio 1918-1919 las disposiciones de la ley de Contribución Inmobiliaria del Departamento de Montevideo, vigentes para los ejercicios 1913-914 a 1917-918, que rigieron en el ejercicio anterior.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorróganse para el ejercicio 1918-1919 las disposiciones de la ley de Contribución Inmobiliaria del Departamento de Montevideo, vigentes para los ejercicios 1913-914 a 1917-918, que rigieron en el ejercicio anterior.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.