Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora María Anastasia de los Santos, nieta del servidor de la Independencia don Carlos de los Santos, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora María Anastasia de los Santos, nieta del servidor de la Independencia don Carlos de los Santos, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.