Ley6164·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUSTINA OLIVERA. MAURA SOSA OLIVERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/07/1918

Fecha de publicación

17/07/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial una pensión alimenticia de trescientos sesenta pesos anuales a las señoritas Justina y Maura Sosa Olivera, nietas del servidor de la Independencia Nacional coronel don Antonio Olivera.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de julio de 1918Promulgación (6164)
  2. 17 de julio de 1918Publicación (6164)