Artículo 1 — Artículo 1
Al solo efecto de la jubilación, compútese a don Antonio Pan ocho años y medio de servicios, debiendo abonar los montepíos correspondientes.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Al solo efecto de la jubilación, compútese a don Antonio Pan ocho años y medio de servicios, debiendo abonar los montepíos correspondientes.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.