Ley6222·1918

COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/07/1918

Fecha de publicación

8 de agosto de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Compútase por gracia especial, como válidos, a los efectos de la jubilación, los servicios prestados por don Juan J. Cabanas, como empleado del Juzgado de Comercio de 2.° turno, desde el 15 de Octubre de 1891 al 31 de Julio de 1898, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de julio de 1918Promulgación (6222)
  2. 8 de agosto de 1918Publicación (6222)