Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a doña Margarita Arduino de Saldías y a sus hijas Clemencia, Cleria y Margarita Martina, viuda e hijas de don Segundo Saldías, y en mérito a los servicios prestados por éste al Estado, una pensión alimenticia de ciento ochenta pesos anuales.