Ley6301·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. FRANCISCA MOYANO. ADELINA CATALA. LAURA CATALA. ISABEL CATALA. FRANCISCA CATALA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/07/1918

Fecha de publicación

8 de octubre de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a la tercera parte de lo que percibía el causante, y por gracia especial, la pensión que actualmente disfrutan doña Francisca Moyano y sus hijas Adelina, Laura, Isabel y Francisca Catalá, como esposa e hijas del ex funcionario público don José R. Catalá.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de julio de 1918Promulgación (6301)
  2. 10 de agosto de 1918Publicación (6301)