Artículo 1 — Artículo 1
Compútanse por gracia especial a la señorita María Julia Mendiague tres años y dieciocho días, a los efectos de la jubilación, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Compútanse por gracia especial a la señorita María Julia Mendiague tres años y dieciocho días, a los efectos de la jubilación, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.