Ley6411·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. LUISA LESICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/07/1918

Fecha de publicación

23/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña Luisa Lesica, viuda del ex Vicecónsul honorario en el Brasil don Aurelio Susini y Núñez, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos veinte pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de julio de 1918Promulgación (6411)
  2. 23 de agosto de 1918Publicación (6411)