Ley6451·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. GREGORIA FIDELA ARISMENDI DE TIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/07/1918

Fecha de publicación

24/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a la señora Gregoria Fidela Arismendi de Tió, viuda del ex guarda sanitario de la Inspección Veterinaria de Soriano don Antonio Tió, una pensión alimenticia e inembargable de doscientos cuarenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de julio de 1918Promulgación (6451)
  2. 24 de agosto de 1918Publicación (6451)