Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial al señor Manuel Ramírez una pensión vitalicia e inembargable de ciento ochenta pesos anuales, en mérito a los servicios prestados a la Administración desde Mayo de 1878 a Julio de 1913.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial al señor Manuel Ramírez una pensión vitalicia e inembargable de ciento ochenta pesos anuales, en mérito a los servicios prestados a la Administración desde Mayo de 1878 a Julio de 1913.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.