Ley6546·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUANA BALBIS DE PEREDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/07/1918

Fecha de publicación

29/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase por gracia especial en ciento ochenta pesos anuales la pensión legal que actualmente disfruta la señora Juana Balbis de Pereda.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de julio de 1918Promulgación (6546)
  2. 29 de agosto de 1918Publicación (6546)