Artículo 1 — Artículo 1
Compútase a don Rodolfo B. Viera, al solo efecto de la jubilación, cinco años y ocho meses de servicios prestados en el Ejército de línea, debiendo pagar el montepío correspondiente.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Compútase a don Rodolfo B. Viera, al solo efecto de la jubilación, cinco años y ocho meses de servicios prestados en el Ejército de línea, debiendo pagar el montepío correspondiente.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.