Artículo 1 — Artículo 1
Computase por gracia especial, y al solo efecto de la jubilación, tres años, tres meses y quince días de servicios prestados por el señor Ramón P. Miranda, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Computase por gracia especial, y al solo efecto de la jubilación, tres años, tres meses y quince días de servicios prestados por el señor Ramón P. Miranda, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.