Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señora Ramona Mogordoy de De León y señoritas Inocencia, Sandalia, Nicomedes y Juana de León, esposa e hijos respectivamente del guerrero del Paraguay sargento 2.o don Fiorentino de León, una pensión alimenticia e inembargable de doscientos cuarenta pesos anuales.