Ley6637·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOSEFA OSORIO DE BARAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

9 de mayo de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a la señora Josefa Osorio de Baras una pensión de doscientos cuarenta pesos anuales, como viuda del alférez Federico Baras.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6637)
  2. 5 de setiembre de 1918Publicación (6637)