Ley6659·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DAMACENA BERACOCHEA DE SOVERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

9 de mayo de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña Damacena Beracochea de Sovera, como hija del teniente 1.o don Anacleto Beracochea, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6659)
  2. 5 de setiembre de 1918Publicación (6659)