Ley6678·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. BENJAMINA PILAR ROJAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

9 de febrero de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a la señorita Benjamina Pilar Rojas, hija del ex jubilado y servidor de la Defensa don Manuel Rojas, una pensión alimenticia de seiscientos pesos anuales, quedando sin efecto la legal que actualmente goza.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6678)
  2. 2 de setiembre de 1918Publicación (6678)