Ley6681·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ALZUGARAT

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

9 de febrero de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña María Alzugarat, viuda del ex funcionario público don Ramón García, e hijos menores, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos sesenta pesos anuales, quedando sin efecto la que disfruta en la actualidad.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6681)
  2. 2 de setiembre de 1918Publicación (6681)