Ley6682·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA RIOS. ETELVINA RIOS. ELENA RIOS. DELIA RIOS. WENCESLADA RIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

9 de febrero de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a las señoritas María, Etelvína, Elena, Delia y Wenceslada Ríos, como nietas del coronel don Gabriel J. Ríos, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6682)
  2. 2 de setiembre de 1918Publicación (6682)