Artículo 1 — Artículo 1
Auméntase por gracia especial en ciento ochenta pesos anuales la pensión legal que actualmente goza la señora María Arroyo de Chaves, viuda del sargento mayor don Salvador Chaves.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de enero de 1918
Fecha de publicación
9 de mayo de 1918
Artículo 1 — Artículo 1
Auméntase por gracia especial en ciento ochenta pesos anuales la pensión legal que actualmente goza la señora María Arroyo de Chaves, viuda del sargento mayor don Salvador Chaves.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.