Ley6712·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUANA CARABALLO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

9 de mayo de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña Juana Caraballo, como hija única del general don Francisco Caraballo, un aumento de ciento veinte pesos anuales en la pensión que actualmente disfruta.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6712)
  2. 5 de setiembre de 1918Publicación (6712)