Ley6722·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ESNAL DE FOSMAN. AMANDA EDUARDA FOSMAN

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

31/08/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña María Esnal de Fosman y a doña Amanda Eduarda Fosman, como viuda e hija respectivamente del capitán don Ernesto Fosman, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos sesenta pesos anuales, quedando sin efecto la legal que la primera percibe en la actualidad.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6722)
  2. 31 de agosto de 1918Publicación (6722)