Artículo 1 — Artículo 1
Elévase en doscientos cuarenta pesos anuales y por gracia especial la pensión que actualmente percibe doña Margarita Alamilla, como viuda del teniente coronel don Primitivo Larrobla.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de enero de 1918
Fecha de publicación
9 de marzo de 1918
Artículo 1 — Artículo 1
Elévase en doscientos cuarenta pesos anuales y por gracia especial la pensión que actualmente percibe doña Margarita Alamilla, como viuda del teniente coronel don Primitivo Larrobla.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.