Ley6751·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUANA CATALINA DE LARROBLA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de enero de 1918

Fecha de publicación

9 de junio de 1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase en ciento veinte pesos anuales la pensión de que disfruta la señora Juana Catalina de Larrobla, viuda del teniente coronel don Luis Larrobla.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de agosto de 1918Promulgación (6751)
  2. 6 de setiembre de 1918Publicación (6751)