Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señorita Amanda Murias, nieta del servidor del Estado teniente coronel Juan B. Hubó, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos pesos anuales.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de enero de 1918
Fecha de publicación
9 de febrero de 1918
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señorita Amanda Murias, nieta del servidor del Estado teniente coronel Juan B. Hubó, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.