Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a doña María Lorenza de los Angeles Lecot Palomeque, como nieta del coronel doctor José Gabriel Palomeque, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a doña María Lorenza de los Angeles Lecot Palomeque, como nieta del coronel doctor José Gabriel Palomeque, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.