Artículo 1 — Artículo 1
Concédese al señor Enrique Caroselli Widmar una pensión de estudios de novecientos sesenta pesos anuales, por el término de tres años, para que perfeccione en Europa sus conocimientos de violín.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de febrero de 1918
Fecha de publicación
8 de mayo de 1918
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese al señor Enrique Caroselli Widmar una pensión de estudios de novecientos sesenta pesos anuales, por el término de tres años, para que perfeccione en Europa sus conocimientos de violín.
Artículo 2 — Artículo 2
El pensionista quedará sometido al contralor establecido por el Poder Ejecutivo con respecto a los demás becados artísticos y a las consiguientes obligaciones.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.