Artículo 1 — Artículo 1
Compútase por gracia especial, a los efectos de la jubilación, a doña Mercedes Rodríguez de Braga, los servicios que prestó al país como maestra del Asilo "Luis Piñeiro del Campo" desde 1888 a 1893 y desde 1907 a 1908, debiendo reintegrar los montepíos adeudados.