Ley6833·1918

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA PINTOS RIOS. ETELVINA PINTOS RIOS. ELENA PINTOS RIOS. DELIA PINTOS RIOS. WENCESLADA PINTOS RIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/11/1918

Fecha de publicación

28/11/1918

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a las señoritas María, Etelvina, Elena, Delia y Wenceslada Pintos Ríos, como nietas del coronel don Gabriel T. Ríos, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de noviembre de 1918Promulgación (6833)
  2. 28 de noviembre de 1918Publicación (6833)