Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a las señoritas María, Etelvina, Elena, Delia y Wenceslada Pintos Ríos, como nietas del coronel don Gabriel T. Ríos, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a las señoritas María, Etelvina, Elena, Delia y Wenceslada Pintos Ríos, como nietas del coronel don Gabriel T. Ríos, una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.