Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para entregar a la Universidad, con cargo a rentas generales y hasta la suma de cien mil pesos ($ 100.000), las cantidades que sean necesarias a fin de liquidar con ellas una remuneración correlativa a la que hubieran percibido en el año escolar último los Encargados de Grupo, los Adjuntos y Agregados de las Facultades de las Secciones de Enseñanza Secundaria y Preparatoria y de todas las demás Secciones de la Universidad, incluso los Encargados de Grupo de los Liceos Departamentales.