Ley6870·1919

COMERCIO EXTERIOR. PROTECCION INDUSTRIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de mayo de 1919

Fecha de publicación

2 de octubre de 1919

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los gastos que origine la verificación de los materiales que se importen al amparo de leyes de protección industrial serán de cargo de quienes los introduzcan.

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo formará la planilla a que deberán sujetarse los interesados en cumplimiento de la presente ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de febrero de 1919Promulgación (6870)
  2. 10 de febrero de 1919Publicación (6870)