Ley6878·1919

BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/02/1919

Fecha de publicación

22/02/1919

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Se autoriza al Banco de la República para que desde la fecha de la promulgación de la presente ley emita billetes de cinco pesos, con la leyenda transversal «Convertibles en emisión mayor», hasta el monto de dos millones de pesos, los cuales serán considerados como billetes de emisión mayor a los efectos del artículo 10 de la Carta Orgánica. Esta emisión deberá ser retirada dentro del año en curso.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de febrero de 1919Promulgación (6878)
  2. 22 de febrero de 1919Publicación (6878)