Ley6881·1919

MINISTERIO DE INDUSTRIAS. PRESUPUESTO. AMPLIACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/02/1919

Fecha de publicación

3 de mayo de 1919

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Refuérzase en veinte mil pesos ($ 20.000.00) el rubro «Eventuales» que la ley de Presupuesto vigente asigna al Ministerio de Industrias.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de febrero de 1919Promulgación (6881)
  2. 5 de marzo de 1919Publicación (6881)